En el ámbito de los derechos humanos el acceso a los servicios y protección a la salud, son fundamentales al igual que la vida. De hecho, la Organización Mundial de la Salud ha sido proclive en pronunciarse respecto a la “salud universal”, que consiste en garantizar que todas las personas y comunidades tengan acceso a los servicios de salud, sin discriminación de ningún tipo y sin sufrir dificultades financieras.
Ahora bien, como seres humanos en algún momento de nuestras vidas hemos requerido los servicios públicos o privados de los profesionales de la salud, entre los que se encuentran las mujeres y hombres de la medicina de cierta especialidad, así como de enfermería, asistentes médicas o trabajadoras sociales, ello con motivo de alguna enfermedad, padecimiento o urgencia.
Lo cierto es que, la mayoría de los pacientes desconoce sus derechos y como hacerlos valer ante diversas instancias creadas por el Estado; o bien, las obligaciones y sus consecuencias inherentes al no cumplir con el tratamiento médico. Ante tal supuesto, convendría primeramente advertir la normatividad jurídica, en donde se encuentran establecidos tales derechos y obligaciones.
A nivel internacional por ejemplo, se tiene la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Convención Americana sobre los Derechos Humanos, Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Convención de los Derechos del Niño, Convención de la ONU sobre los Derechos de personas con discapacidad y la Carta de Derechos de los Pacientes; entre otros.
En el caso mexicano, la normatividad jurídica también es abundante y la encontramos en la Constitución Política, Ley General de Salud, Ley del Seguro Social, Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Asimismo, las Normas Oficiales Mexicanas, Manuales, Protocolos, Reglamentos, Guías de Práctica Clínica y demás normatividad local de cada entidad federativa.
En otros países de Latinoamérica es muy similar, pues los ordenamientos jurídicos e instituciones del Estado hacen alusión a los derechos y obligaciones de los pacientes y de los expertos en salud, es por ello que me permitiré describirlos:
Derechos de los pacientes.
- Recibir atención médica adecuada.
- Recibir trato digno y respetuoso.
- Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz.
- Decidir libremente sobre su atención.
- Otorgar o no su consentimiento válidamente informado.
- Ser tratado con privacidad y confidencialidad.
- Contar con facilidades para obtener una segunda opinión.
- Recibir atención médica en caso de urgencia.
- Contar con un expediente clínico.
- Ser atendido cuando exista una inconformidad o queja, por la atención médica recibida.
- No ser discriminado.
- Ser informado de los costos de su atención en salud en medio privado.
- No ser incluido en estudios de investigación científica, sólo si lo autoriza.
- No ser grabado ni fotografiado con fines de difusión, sin su permiso.
- Recibir visitas, compañía y asistencia espiritual.
- Donde sea pertinente, se cuente con señalética y facilitadores en lengua originaria.
- Toda persona mayor de 60 años y/o con discapacidad tendrán derecho a atención preferente.
- Informarse y decidir sobre el llenado del documento de voluntad anticipada.
- A que se le respete la voluntad de aceptación a rehusar la donación de órganos.
- A la protección de sus posesiones contra robo y pérdidas durante su hospitalización o atención ambulatoria.
- A que se le brinde protección en caso de ser víctimas de agresión física.
- Contar con un abogado de oficio, asesor jurídico o particular, que lo (s) asesore y represente en caso de negligencia, impericia, imprudencia e inobservancia del profesional de la salud.
- Existen mecanismos jurídicos como el amparo, para hacer valer los citados derechos; y, en consecuencia, dependencias de gobierno creadas para tal efecto, dentro de las que se encuentran la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, Atención de Quejas e Información Pública, Contraloría Interna, Procuraduría Federal del Consumidor, la Defensoría Pública y Fiscalía General de la República.
- Los usuarios de un servicio médico deben cumplir con las indicaciones de los profesionales de la medicina y enfermería, evitando implicaciones negativas en su salud, que podría agravarse o hasta perder la vida. Al efecto cito las siguientes:
Obligaciones de los pacientes.
- Informar al médico tratante en forma completa y veraz, acerca de los síntomas y posibles causas de su enfermedad.
- Cumplir con las indicaciones y recomendaciones para su tratamiento, una vez aceptado éste.
- En caso de incumplimiento, informar al médico o personal de salud de manera inmediata.
- Asistir con puntualidad a las citas de seguimiento.
- Participar en las actividades para recuperar su salud.
- Respetar a los prestadores de servicio de salud, auxiliares y a los otros pacientes.
- Ajustarse a las reglamentaciones y políticas internas de las instituciones.
- Cuidar las instalaciones y materiales de la institución que lo atiende.
- Asumir las consecuencias de rechazar el tratamiento.
- Cumplir con las obligaciones de pagos por su atención, si éste fuera el caso.
- Evitar contagios a la población.
- Dar prioridad a personas con derecho a una atención preferente.
- Investigar sobre el control de su enfermedad y padecimiento, independientemente del tratamiento médico.
Sin duda, la comunidad de profesionales de la salud tienen un papel preponderante en la sociedad, debido a su gran responsabilidad para enfrentar una eventualidad de contingencia sanitaria como la pandemia de Covid 19, sin embargo, cuentan derechos y obligaciones en su actividad.
Derechos de los profesionales de la salud.
- Ejercer la profesión en forma libre y en igualdad de condiciones.
- Laborar en las instalaciones apropiadas y seguras que garanticen su integridad personal.
- Contar con los recursos necesarios, para el óptimo desempeño de sus funciones.
- Abstenerse de garantizar resultados.
- Recibir trato digno y respetuoso por parte de los pacientes y sus familiares, así como, con el personal de su trabajo independientemente del nivel jerárquico.
- Tener acceso a la actualización profesional en igualdad de oportunidades para su desarrollo personal, actividades de investigación y docencia.
- Asociarse libremente para promover sus intereses y prestigio profesionales.
- Recibir de forma oportuna y completa la remuneración que corresponda por los servicios prestados.
- Tener acceso a posiciones de toma de decisión de acuerdo con sus competencias.
- Recibir capacitación médica continua.
- Ejercer su derecho de objeción de conciencia, cuando proceda.
Para hacer efectivos los derechos mencionados, podrán asesorarse y ser representados por abogados expertos en la materia que se desea utilizar, e incluso, acudir al Juicio de Amparo u otras instancias como la Procuraduría de la Defensa del Trabajo; Ministerio Público y Juez Cívico en el supuesto de una agresión verbal, física o psicológica; Instancias Judiciales Civiles o Mercantiles; o en su caso, ejercer sus derechos por medio del sindicato o la asociación civil a la que pertenezcan.
Cabe señalar, que los derechos del paciente representan una obligación para el prestador de servicios en salud y viceversa. No obstante, haré referencia a otras complementarias:
Obligaciones de los profesionales de la salud.
- Contar con un seguro de responsabilidad profesional.
- Cumplir con los principios éticos de la declaración de Ginebra, aprobada por la Asociación Médica Mundial.
- Colaborar con las autoridades del Sistema Nacional de Salud, en caso de epidemias, desastres y emergencias.
- Cumplir con la Lex Artis Médica y demás normatividad vinculada con su ejercicio profesional.
- Brindar atención cuando una persona se encuentre en peligro de muerte, aún sin el consentimiento expreso.
- Otorgar los beneficios de la medicina a toda persona que lo necesite, sin distinción alguna.
- Cumplir con el llenado de los documentos médicos oficiales, señalados por la ley u organización.
- Guardar el secreto médico, aunque haya cesado la prestación de sus servicios.
- Evitar el intrusismo profesional.
- Portar su identificación.
En suma, la relación o comunicación entre el médico y paciente, son fundamentales para atender la salud, tomando en cuenta que los galenos y demás profesionistas, serán también en algún momento de su vida pacientes. Agrego una poderosa frase del reconocido médico canadiense William Osler “El buen médico trata la enfermedad; el gran médico trata al paciente que tiene la enfermedad”.