Redacción America News
Una batalla legal de siete años sobre los derechos de privacidad en el hogar, librada por los abogados colaboradores de la ACLU de Rhode Island en un caso que llegó hasta la Corte Suprema de EE. UU., terminó hoy ( the filing of a settlement) con la presentación de un acuerdo en el caso del residente de Cranston Eduardo Caniglia. La incautación por parte del Departamento de Policía de Cranston de dos armas de fuego de propiedad legal de su casa sin una orden judicial o su consentimiento condujo a un fallo de la Cuarta Enmienda de la Corte Suprema que sentó un precedente y concluyó con el pago de la Ciudad de Cranston a Caniglia y sus abogados de casi $250,000 en daños y perjuicios y honorarios de abogados.
El año pasado, la Corte Suprema de los EE. UU. rechazó por unanimidad (unanimously rejected) los argumentos de la Ciudad de que participar en una función no criminal de “cuidado comunitario” les permitió registrar la casa de Caniglia sin una orden judicial como parte de un “chequeo de bienestar”. La decisión precedente de la Corte fue en realidad la segunda pérdida de la Ciudad en esta demanda de larga duración. En 2019, los abogados colaboradores de la ACLU de Rhode Island, Thomas W. Lyons y Rhiannon Huffman, primero convencieron a un juez federal de que la ciudad también había violado los derechos de debido proceso de Caniglia cuando los funcionarios se negaron a devolver sus armas de fuego a menos que obtuviera una orden judicial que autorizara su devolución.
El caso comenzó en 2015 cuando la esposa de Caniglia llamó al departamento de policía para expresar su preocupación por su salud mental en respuesta a una discusión que habían tenido la noche anterior. Cuando los oficiales llegaron a su casa el día después de esa discusión, le dijeron a Caniglia que sus armas de fuego serían confiscadas a menos que aceptara una evaluación de salud mental. Ante esta amenaza coercitiva, Caniglia accedió a una evaluación y fue transportado en ambulancia al Hospital de Kent, donde fue evaluado y dado de alta de inmediato. Sin embargo, a pesar de que aseguraron lo contrario, los policías entraron en la casa de Caniglia mientras tanto y confiscaron sus dos armas de fuego y municiones para “custodiarlas”. Los oficiales le dijeron a la esposa de Caniglia que una vez que el hospital lo autorizara, podría recogerlos en la estación. Pero cuando Caniglia intentó hacerlo, le dijeron que era política del departamento no devolver las armas confiscadas para su custodia sin una orden judicial.
Los abogados que cooperaron con la ACLU de RI, Lyons y Huffman, demandaron al departamento de policía, desafiando tanto la incautación de sus armas sin una orden judicial como la política del departamento de no devolverlas sin una orden judicial. El tribunal de distrito federal (federal district court agreed ) acordó que la política del departamento de negarse a devolver las armas de fuego era inconstitucional, pero confirmó el registro y la incautación de armas sin orden judicial con el argumento de que la policía estaba involucrada en una función de “cuidado de la comunidad” que no requería una orden judicial.
Sin embargo, en mayo del año pasado, la Corte Suprema de los EE. UU., al fallar sobre la apelación de Caniglia, concluyó unánimemente que la excepción de “cuidado comunitario” al requisito de orden judicial de la Cuarta Enmienda, una excepción que surgió en la jurisprudencia de la Corte Suprema que involucra específicamente los registros de automóviles incautados por la policía – no se aplica a los registros sin orden judicial de la casa de una persona.
El acuerdo de hoy de las reclamaciones de Caniglia elimina la necesidad de un juicio sobre su solicitud de daños derivados de la violación de sus derechos.
El director ejecutivo de la ACLU de Rhode Island, Steven Brown, dijo hoy: “Este no fue un caso sobre armas. Este fue un caso que llegó al núcleo mismo de la protección de la privacidad en el hogar de la Cuarta Enmienda de la intrusión policial. La posición de la ciudad, si hubiera prevalecido, podría haber dado vía libre a la policía para ingresar a las casas sin una causa probable o una orden judicial, siempre que lo consideraran “razonable” para hacerlo. Nos complace que el Sr. Caniglia haya recibido la compensación económica que merecía por la violación de sus derechos, y que su decisión de impugnar las acciones de Cranston haya terminado protegiendo los derechos de privacidad en todo el país”.
Puede encontrar una copia del acuerdo de conciliación y más información sobre el caso aquí
A copy of the settlement agreement and more information about the case can be found here.
PARA MAS INFORMACION CONTACTE:
Thomas W. Lyons: (401) 456-0700
Steven Brown: (401) 831-7171; sbrown@riaclu.org