En una importante victoria para los derechos a la privacidad, la Corte Suprema de Estados Unidos rechazó hoy unánimemente los argumentos de la policía de que participar en una función de “cuidado comunitario” no criminal les permite registrar la casa de una persona sin una orden judicial.
La Unión Estadounidense de Libertades Civiles de Rhode Island había presentado un escrito de “amigo de la corte” ante la Corte y había representado al peticionario en el caso en procedimientos anteriores, argumentando que un fallo desfavorable en el caso podría “dar rienda suelta a la policía para ingresar el hogar sin una causa probable o una orden judicial, siempre que crean que es ‘razonable’ hacerlo “. La decisión judicial de hoy evita esa perspectiva.
El caso, que se remonta a 2015, involucra al residente de Cranston Edward Caniglia, cuyas dos armas de fuego de propiedad legal fueron incautadas de su casa sin una orden judicial o su consentimiento en una situación que no era de emergencia como resultado de un “control de bienestar” realizado por agentes de policía de Cranston. Su esposa había llamado al departamento de policía para expresar preocupación por su salud mental en respuesta a una discusión que habían tenido la noche anterior.
Cuando los agentes llegaron a su casa el día después de esa discusión, le dijeron a Caniglia que sus armas de fuego serían confiscadas a menos que aceptara una evaluación de salud mental.
Caniglia estuvo de acuerdo y fue trasladado en ambulancia al Hospital Kent, donde fue evaluado y dado de alta de inmediato. Sin embargo, a pesar de que aseguraron lo contrario, los agentes de policía entraron en la casa de Caniglia mientras tanto y confiscaron sus dos armas de fuego y municiones para su “custodia”. Los agentes le dijeron a la esposa de Caniglia que una vez que el hospital lo autorizara, podría recogerlos en la estación. Pero cuando Caniglia intentó hacerlo, le dijeron que era política del departamento no devolver las armas confiscadas para su custodia sin una orden judicial.
Los abogados colaboradores de la ACLU, Thomas Lyons y Rhiannon Huffman, presentaron una demanda federal contra el Departamento de Policía de Cranston, impugnando tanto la incautación de sus armas sin una orden judicial como la política del departamento contra la devolución sin una orden judicial. El tribunal de distrito federal acordó que la política del departamento de negarse a devolver las armas de fuego era inconstitucional, pero confirmó el registro y la incautación sin orden judicial de las armas con el argumento de que la policía estaba involucrada en una función de “cuidado comunitario” que no requería una orden judicial. El tribunal federal de apelaciones confirmó ese fallo.
Confiando en un abogado privado, Caniglia apeló a la Corte Suprema, que acordó escuchar su caso para decidir si la excepción de “cuidado comunitario” al requisito de orden judicial de la Cuarta Enmienda, una excepción que surgió en la jurisprudencia de la Corte Suprema que involucra específicamente los registros de autos incautados por la policía – se puede aplicar a registros sin orden judicial de la casa de una persona. Hoy dictaminó, en una breve opinión unánime del juez Clarence Thomas, que no es así, afirmando que “[lo que es razonable para los vehículos es diferente de lo que es razonable para los hogares”. La decisión del tribunal revierte las decisiones del tribunal inferior en sentido contrario.
El director ejecutivo de la ACLU de Rhode Island, Steven Brown, dijo hoy: “La decisión judicial de hoy es una victoria extremadamente importante para los derechos de privacidad. La Cuarta Enmienda siempre ha servido como una barrera importante para la intrusión policial en el hogar, y nos complace mucho que la Corte reafirmara este principio fundamental ”.
Además de la ACLU de Rhode Island y su oficina nacional, el escrito de amicus de la ACLU se presentó en nombre de tres organizaciones conservadoras: el Cato Institute, la American Conservative Union Foundation y el R Street Institute.
Puede encontrar más información sobre el caso aquí.
PARA MAS INFORMACION CONTACTE:
Steven Brown – Director ejecutivo
él / él / su
sbrown@riaclu.org
ACLU de Rhode Island
128 Dorrance Street, Suite 400
Providence, RI 02903
401-831-7171 (teléfono)
401-831-7175 (fax)